El SENA No realiza Ninguna gestión u operación en los sistemas del Icfes.
Se sugiere a los Aprendices asistir de manera adecuada y seguir las recomendaciones brindadas por el Icfes y en el documento de citación. En caso de que un Aprendiz No pueda presentar el examen debido a diversas justificaciones o posibles situaciones ajenas en la fecha, hora y lugar de la programación del primer semestre de 2024, se recomienda documentar la situación con fotografías y nombres propios de los funcionarios o monitores de salón para realizar una descripción detallada y precisa al momento de presentar la reclamación ante el Icfes, dentro de los quince (15) días a partir de la fecha de citación.
El Aprendiz debe radicar una PQRS al Icfes y exponer las razones de fuerza mayor o caso fortuito que impidieron la presentación del examen. La solicitud debe incluir pruebas que respalden los hechos, con el fin de solicitar una reprogramación o abono de saldo para la siguiente convocatoria y así evitar perder el valor pagado por la prueba. Esto está de acuerdo con lo establecido en el Artículo 19. Abonos y devoluciones de la Resolución Icfes 675 del 2019.
PQRS: https://www.icfes.gov.co/web/guest/peticiones-quejas-reclamos-y-sugerencias
Nota: Al radicar una PQRS, se recomienda en la opción Tipo de examen, seleccionar la tipificación Saber TyT SENA